agosto 4, 2026
Politica

CONASAMA recomienda utilizar el término “uso problemático” en lugar de “adicción” para referirse al uso de redes sociales

  • CONASAMA recomienda no llamar “adicción” a los patrones de comportamiento en redes sociales por carecer de evidencia sobre síndrome de abstinencia clínicamente comparable al de sustancias psicoactivas; sugiere “uso problemático”. 

En respuesta a la convocatoria de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo de iniciar un diálogo nacional e intersectorial sobre el impacto de los entornos digitales en el bienestar de la población, la Secretaría de Salud del Gobierno de México, a través de la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (CONASAMA), llevó a cabo tres Mesas Técnicas Interdisciplinarias e Interinstitucionales sobre el impacto de las redes sociales y la Inteligencia Artificial en la salud mental.

Dichas mesas contaron con la participación de representantes de más de 20 instituciones públicas, especialistas de unidades hospitalarias y académicos, con el propósito de desarrollar un ejercicio técnico y ético que siente las bases para una política pública integral, orientada a priorizar el interés superior de la niñez y fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos del entorno digital.

A partir de estas deliberaciones, la CONASAMA presenta los resultados de tres ejes estratégicos:

Eje 1: Debate conceptual (“Uso problemático” versus “Adicción”)

Los especialistas coinciden que actualmente existe un debate conceptual y no hay consenso científico para clasificar el uso de redes o dispositivos como “adicción”, dado que no existe evidencia de un síndrome de abstinencia clínicamente comparable al de sustancias psicoactivas. En su lugar, se promueve el término “uso problemático” o “uso perjudicial” por su carácter técnico, preciso y no estigmatizante, lo que desplaza la culpa individual hacia la necesidad de regular el diseño persuasivo de las plataformas tecnológicas.

La recomendación de llamarlo como “uso problemático” es consistente con el uso que da la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a este término para redes sociales, puesto que no reconoce la “adicción a redes sociales” como categoría diagnóstica, a diferencia del trastorno por uso de videojuegos, que sí está codificado en la CIE-11.

Finalmente, el diseño de los algoritmos —basado en la recompensa inmediata y en una disponibilidad prácticamente ilimitada del estímulo— constituye en sí mismo un factor de riesgo para el desarrollo de patrones de “uso problemático”.

Eje 2: Regulación urgente del marketing de alcohol, tabaco y otras drogas

En las mesas de especialistas se coincide en advertir sobre el riesgo del marketing agresivo e indirecto acerca del alcohol, tabaco, vapeadores y otras sustancias promovido por figuras de influencia (influencers) en redes sociales. Se propone desarrollar herramientas de monitoreo e instrumentos normativos vinculantes para frenar el patrocinio no regulado y la normalización del consumo que impacta directamente a niñas, niños y adolescentes.

Eje 3: Enfoque regulatorio de Derechos Humanos (No prohibicionista)

Se descarta la prohibición total por riesgo de inconstitucionalidad y censura previa. Se prioriza la regulación de la arquitectura algorítmica (por ejemplo, el scroll infinito o notificaciones persistentes), la transparencia corporativa y la alfabetización digital integral.

La CONASAMA ratifica que la regulación efectiva no consiste en limitar libertades, sino en garantizar entornos digitales seguros.

 

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